El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes la resolución por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De esta manera, la Consejería de Educación y Empleo ha acreditado a 360 docentes para el desempeño de esta función. De ellos, 30 tienen la acreditación y la habilitación para impartir portugués; 11 para impartir francés; 6, en idioma italiano; 4 en alemán; y el resto en inglés.
La acreditación y habilitación lingüística obtenida facultará al profesorado funcionario de carrera o en prácticas, en el cuerpo correspondiente, para impartir en la lengua extranjera, áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que tengan autorizados proyectos plurilingües.
Podían participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües, el personal docente que se encontrase en situación de servicio activo en Extremadura y los integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.
Para impartir cualquiera de las áreas, materias o módulos no lingüísticos incluidos en un programa bilingüe, el profesorado debía acreditar el dominio de la lengua extranjera correspondiente equivalente al nivel B2 o superior de competencia lingüística del MCERL.
Una vez acreditada la competencia lingüística en nivel B2 o superior, la habilitación lingüística se podía obtener por la vía de la experiencia docente bilingüe, mediante la acreditación de una experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos igual o superior a un curso completo o nueve meses no consecutivos, o bien mediante la formación metodológica en bilingüismo, para quienes cuenten con experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos inferior a un curso académico completo o a nueve meses no consecutivos, o sin experiencia docente en centros bilingües de centros sostenidos con fondos públicos.
Estas personas podían optar a obtener su habilitación acreditando una formación especializada en metodología de las enseñanzas bilingües igual o superior a cincuenta horas.
La vigencia de la acreditación y habilitación en lengua extranjera para el desempeño de puestos catalogados como bilingües en centros docentes públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura tendrá carácter permanente.