La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ha publicado la Instrucción para la renovación de los consejos escolares en el curso académico 2023/2024 en los centros educativos en los que se imparten enseñanzas escolares de régimen general y régimen especial.
Según marca la Instrucción N.º 2/2023, de 11 de octubre, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, las elecciones para la constitución o renovación de los consejos escolares extremeños deben celebrarse en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas, Educación de Personas Adultas y Educación Especial cuyo consejo escolar se constituya por primera vez, deba renovarse parcialmente por haber transcurrido el periodo del mandato de los representantes o en los que haya vacantes.
Las juntas electorales se constituirán antes del 21 de octubre de 2023.
En el plazo máximo de siete días a partir de su constitución, determinarán el calendario electoral para los diferentes sectores de la comunidad educativa, excepto en el sector de padres y madres, cuya fecha será necesariamente el 23 de noviembre de 2023.
Con el fin de facilitar la participación de las familias, la mesa electoral permanecerá abierta un mínimo de seis horas para dar posibilidad de ejercer el derecho al voto en el momento de entrada o salida del alumnado, al inicio o término de la jornada escolar.
En las distintas localidades que constituyen un Colegio Rural Agrupado, la Junta Electoral contemplará la apertura en cada una de ellas de una mesa electoral con una urna propia. Una vez concluida la votación y realizado el escrutinio, los componentes de la mesa levantarán acta e informarán de los resultados por vía telefónica o telemática.
El proceso electoral de los consejos escolares en los centros educativos viene marcado por la Ley Orgánica de Educación 8/1985 de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), donde se establece que la renovación o composición de estos debe realizarse durante el primer trimestre del curso escolar.